A la hora de reclamar una indemnización
por atropello nos encontramos con una situación bastante especial: por
una parte, está la víctima del siniestro, la cual no cuenta con una
compañía aseguradora de su lado, por otra parte, está la aseguradora del
vehículo causante del atropello, la cual se enfrenta al pago de una
indemnización y que, por lo tanto, luchará para pagar lo mínimo posible.
Intentará pagar lo mínimo posible tanto si la culpa del accidente recae
exclusivamente sobre el conductor del vehículo, como si el caso es
dudoso. Por su parte, la víctima cuenta con sus derechos. Conocerlos
será de gran ayuda a la hora de hacerlos valer.
Los derechos del atropellado
Si eres víctima de un atropello tienes
derecho a una indemnización, siempre que la culpa del accidente no sea
exclusivamente tuya. Con toda seguridad, en los casos evidentes, tales
como atropellos en un paso de peatones o cuando el vehículo se salta un
semáforo en rojo, tienes derecho a cobrar la indemnización.
Es posible, sin embargo, que creas que
la culpa fue exclusivamente tuya. Sin embargo, hay casos de este tipo en
los que se puede demostrar que la responsabilidad recae en parte sobre
el peatón y en parte sobre el conductor (las responsabilidades se
reparten porcentualmente). Si es así, entonces tienes derecho a cobrar
una indemnización por atropello, si bien el conductor puede, por su
parte, reclamar una indemnización por los daños que pudiera haber
sufrido a causa del accidente. El importe de la indemnización, en estos
casos, es equivalente al porcentaje de culpabilidad asignado. En
cualquier caso, conviene que retengas que si eres atropellado tienes
derecho a cobrar una indemnización siempre que no se demuestre que la
culpa fue exclusivamente tuya.
Se dará el caso de que la compañía
aseguradora intente que seas reconocido por alguno de sus médicos. Este
tenderá a dar un diagnóstico de las lesiones lo suficientemente parcial y
subjetivo como para que la cuantía de la indemnización sea mínima. Por
ello, te conviene saber que tienes derecho a ser reconocido por un
médico de tu elección.
Es posible que el vehículo que te
atropelló no estuviera asegurado o, aún peor, que se diera a la fuga. En
este caso sigues teniendo derecho a cobrar una indemnización, solo que
en lugar de hacerse cargo del pago una aseguradora particular, este es
asumido por el Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Qué cubre la indemnización por atropello?
Si has sido atropellado y si tienes
derecho a ser indemnizado, te conviene saber que la indemnización cubre
tanto las lesiones causadas por el siniestro, como los gastos de
asistencia médica, farmacéuticos, de traslados, gastos de sepelio en
caso de fallecimiento, etc. Por otra parte, hay que estar al tanto del
modo en el que las lesiones se indemnizan, es decir, de cómo se
cuantifica la indemnización. Esto es importante saberlo, puesto que la
compañía aseguradora contra la que tienes que hacer valer tus derechos
te enviará una oferta motivada irrisoria en relación a la indemnización
que realmente te corresponda.
Las indemnizaciones por atropello se
cuantifican del mismo modo que para el resto de accidentes de tráfico. A
las lesiones a indemnizar se les asigna un valor en puntos, el cual
representa la gravedad de la lesión. A mayor número de puntos, más grave
es esta. Después, en un baremo que se actualiza anualmente, se indica
la equivalencia en euros de estos puntos. Cada lesión particular
contribuye al total con un número de puntos determinado. De esta manera,
nos encontramos con que las cuantías de las indemnizaciones en este
concepto pueden oscilar entre cifras dispares, tales como los 2.000 –
3.000 euros para lesiones como el esguince cervical o los 382.303,74
euros para los casos más graves de incapacidad.
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