LA INSPECCIÓN DE TRABAJO


La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es la organización administrativa responsable del control del cumplimiento de las normas de orden social. Esto incluye las responsabilidades administrativas en que puedan incurrir empresas y trabajadores y el asesoramiento e información a trabajadores y empresas en materia laboral y de seguridad social.

La ITSS cuenta con inspectores de trabajo que vigilan que los empresarios y trabajadores cumplan con las obligaciones en materia laboral que establece la legislación española. Estos inspectores de trabajo serán también los encargados de imponer las sanciones previstas cuando las empresas, incumpliendo sus obligaciones laborales, ponen en peligro la integridad de los trabajadores.

Si el inspector de trabajo detecta algún tipo de irregularidad en el cumplimiento de las obligaciones de la empresa, levantará un Acta de Infracción Sancionadora. Este Acta es la piedra angular para apoyar unareclamación de indemnización por accidente laboral.

La actuación de los inspectores de trabajo y subinspectores de empleo es de ámbito provincial dependiendo, cada provincia, de una Dirección Territorial.
En caso de accidentes graves o muy graves, la inspección de trabajo actúa de oficio, en el resto de accidentes, deberá ser el propio afectado el que presente la denuncia.

EL ACTA DE INSPECCIÓN
El Acta de Infracción es un documento público extendido por un inspector laboral contra una empresa en el caso de que descubra, durante una Inspección de Trabajo, que dicha empresa no cumple con las obligaciones que marca la legislación en materia laboral, de seguridad social, empleo o prevención de riesgos laborales.

La apertura de un Acta de Infracción da lugar a un procedimiento sancionador. En el caso de que dicha Acta sea consecuencia de un accidente con lesiones, el trabajador tendrá derecho a una reclamación de indemnización por dicho accidente laboral.

Como ya hemos comentado en otras secciones, para tener derecho a una indemnización por accidente laboral, el accidente debe ser consecuencia de una infracción contra la legislación en materia laboral, de seguridad social, empleo o prevención de riesgos laborales por parte de la empresa


 
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